InicioIndustriaREGLAMENTAN LEY QUE PROMUEVE INVERSIONES EN ELECTROMOVILIDAD

REGLAMENTAN LEY QUE PROMUEVE INVERSIONES EN ELECTROMOVILIDAD

Si bien el país aun no cuenta con una normativa específica para electromoviliodad, lo cierto es que la Ley Nº 27.686 hace alusión a inversiones destinadas al sector.

Días atrás, mediante el Decreto 281/2023, se aprobó la reglamentación de la Ley de Promoción de Inversiones en la Industria Automotriz-Autopartista y su Cadena de Valor, Ley Nº 27.686, la cual a incluye a la electromovilidad.

Vale destacar que, si bien el documento de la reglamentación no menciona de forma directa a la movilidad sostenible, lo cierto es que sí se refiere a los artículos de la ley que la contemplan.

Cabe recordar que el 2º artículo de la normativa señala como sexto objetivo primordial el impulso a las nuevas motorizaciones que incluye híbridos, eléctricos, a celda de combustible (hidrógeno), a gas y biocombustibles, entre otras.

Por otra parte, el 5º establece la creación del programa de Fomento a Nuevas Inversiones de la Industria Automotriz-Autopartista.

A continuación, el 6º indica que la confección de dicho programa comprende inversiones en bienes de capital nuevos y obras de infraestructura realizadas por industrias radicadas en Argentina y destinadas a la producción de bienes y/o desarrollo de actividades que incluyen a la electromovilidad.

En este sentido, el apartado “e” del presente artículo menciona que no solo alcanza a los motores de combustión interna, sino también a los híbridos y eléctricos, a celdas de combustible, gas natural licuado y comprimido, biogás, entre otros.

Asimismo, comprende sus componentes, teniendo en cuenta que sean autos (inciso “a”); utilitarios de hasta 1.500 kg de capacidad de carga (“b”); comerciales livianos de más de 1.500 kg y hasta 5.000 kg de capacidad de carga (“c”); y camiones, chasis con y sin cabina, y ómnibus (“d”).

Fuente: Portal Movilidad/Nuevas Energías

¡No te lo pierdas!